Obligaciones legales establecidas durante el año 2020 en Materia de Igualdad

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RD 901/2020 y RD 902/2020

Para complementar las medidas en materia de igualdad, además del ya obligatorio plan de igualdad, desde el 14 de abril del 2021, entran en vigor el cumplimiento de los RD 901/2020 y el RD 902/2020. Pero, ¿qué obligaciones establecen estos reales decreto en materia de igualdad?

Aquí te dejamos un pequeños resumen: 

Registro Retributivo Salarial

Registro retributivo salarial obligatorio para todas las empresas con menos de 50 personas asalariadas

Protocolo contra el abuso

El Protocolo contra el abuso sexual, por razón de sexo y discriminatorio, tiene que estar a disposición de todas las empresas con asalariados.

Medidas en materia de igualdad

Las empresas, deberán tomar medidas en materia de igualdad, aunque a día de hoy no se registren diferencias salariales ni de tratamiento.

Real decreto 901/2020 de 13 de octubre, establece en el artículo 2.1 lo siguiente:

Todas las empresas comprendidas en el artículo 1.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia del número de personas trabajadoras en plantilla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar, previa negociación, medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

 

Real decreto 902/2020, de 13 de octubre, establece en su artículo 5.1:

De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos. Este registro tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas, al margen de su tamaño, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados.

En conclusión, para las empresas con un tamaño inferior a 50 personas trabajadoras, están obligadas a disponer de:

  • Unas medidas en materia de Igualdad Laboral
  • Un Protocolo contra el abuso sexual, por razón de sexo y discriminatorio
  • Un Registro Retributivo

 

¿Cuánto cuesta implantar las medidas de igualdad propuestas por el Gobierno?

A partir de los 100 € puedes disponer de las medidas en materia de igualdad que necesita tu empresa. Contacta con nosotros y te mandamos la información y presupuesto que necesites.

Más información

Si necesitas implantar alguna de estas medidas o registros en materia de igualdad, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Igualmente si tienes a más de 50 personas trabajando en tu empresa y necesitas ayuda para implantar un plan de igualdad, donde hemos firmado un convenio con el colegio de graduados sociales de baleares, para el apoyo en la implantación de los colegiados.

Pídenos información o presupuesto sin ningún compromiso:

Aunque como verás estamos en Menorca, estos servicios los podemos desarrollar en cualquier empresa, aunque no este ubicada en Baleares. Actualmente contamos con implantación de proyectos en Mallorca, Ibiza y a nivel nacional, gracias al sistema de trabajo implantado que nos permite trabajar a distancia, manteniendo así las precauciones para evitar los contagios por COVID. Si el cliente lo prefiere, nos podemos desplazar para desarrollar las actividades en las instalaciones del cliente.